La Comisión Gestora del Consejo General de Protésicos Dentales de España acuerda convocar elecciones el próximo 18 de septiembre

De conformidad con el acuerdo adoptado por la Comisión Gestora el día 19 de junio de 2021 y a tenor de los artículos 20 a 23 del Régimen Electoral de los Estatutos Provisionales (Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo SC0/1840/2002, de 1 de julio) le NOTIFICAMOS LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES para la elección de cargos del Comité Ejecutivo del Ilustre Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España, la cual se llevará a cabo el día 18 de septiembre de 2021 en la sede del Consejo General sita en Bulevar José Prat, 5 local 1, de Madrid, a las 11 de la mañana, momento en que se constituirá la mesa electoral escogiendo Presidente y Secretario de entre los asistentes en quienes concurran, siguiendo los requisitos complementados en el artículo 23.4 de los Estatutos Provisionales para, posteriormente, proceder a la votación hasta las 12'30 horas de su mañana.

Asimismo, le notificamos que en la reseñada reunión de la Comisión Gestora  se  aprobó la lista definitiva de miembros con derecho a participar en la asamblea general (lista de electores), la cual queda constituida por los siguientes:

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Alicante.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Andalucía.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Asturias.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Cantabria.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Castilla La  Mancha.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Castilla y León.

-Presidente del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Cataluña.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Extremadura.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Galicia.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de las Islas Baleares.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de La Rioja.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Las Palmas.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Madrid.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Murcia.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Navarra.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Santa Cruz de Tenerife.

-Presidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Valencia y Castellón.

Contra la lista de electores reseñada cabrá formular reclamación, en el plazo de ocho días, ante la Comisión Gestora.

Para concurrir a las elecciones, las candidaturas deberán presentarse, mediante el sistema de listas cerradas, ante la Secretaría de la Comisión Gestora, sita en la sede del Consejo, dentro del plazo de UN MES siguiente a aquel en que se ha hecho pública la presente convocatoria, conforme establece el artículo 23.3 de los Estatutos Provisionales.

Junto con la candidatura a presentar, cada candidato deberá aportar certificación de su respectivo Colegio acreditativa de los siguientes extremos:

-Que se haya colegiado en su colegio respectivo y que ha sido designado por el órgano competente de tal colegio como candidato al Comité Ejecutivo del Ilustre Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España.

-Que no se encuentra inhabilitado para el ejercicio de la profesión y que goza de la plenitud de sus derechos colegiales.

-Que se encuentra en ejercicio de la profesión.

No obstante ello, la Comisión Gestora puede recabar de los candidatos la documentación acreditativa a que haga referencia las certificaciones emitidas por los Colegios.

Transcurrido el plazo para presentar las candidaturas, y dentro de los quince días hábiles siguientes, la Comisión Gestora hará pública la relación de candidaturas presentadas, siendo expresamente notificadas a los interesados cuyas candidaturas no fueran admitidas.

En el acto de la votación, los Presidentes de los Colegios (electores) deberán acreditar su identidad y condición de miembro de la asamblea general, ostentando cada miembro de la asamblea o elector un solo voto.

La mesa electoral se constituirá mediante la elección de un Presidente y un Secretario, que  en ningún caso podrán tener la condición de candidato a las elecciones, siendo  el Presidente  de la mesa el Protésico Dental de más edad y el Secretario el de menor edad de entre los miembros de la Asamblea. Cada candidatura podrá designar entre los colegiados un interventor que la represente en las operaciones electorales. El interventor no podrá ser candidato.

Las candidaturas deberán ser votadas globalmente sobre las listas cerradas, sólo podrán ser candidatos las personas designadas por sus respectivos colegios sin que cada candidato pueda optar a más de un cargo y no podrán ser candidatos quienes se encuentren inhabilitados para el ejercicio de la profesión o no gocen de la plenitud de sus derechos colegiales, o no se encuentren en ejercicio de la profesión. Los cargos para el Comité Ejecutivo serán incompatibles con los cargos en cualquier tipo de asociaciones o federaciones de carácter empresarial.

Tendrán derecho a voto todos los miembros de la Asamblea General en los términos indicados en el artículo 22.1 de los Estatutos Provisionales. La votación será libre y secreta.

Los requisitos y circunstancias contenidas en la presente convocatoria son un extracto de los Estatutos Provisionales y demás leyes aplicables, por lo que, en todo caso, el proceso electoral se realizará de conformidad a los artículos 20 a 23 de los mismos, en su interpretación conjunta con el resto de su articulado y demás normas y preceptos que resulten de aplicación.

La presente se envía y notifica a los efectos oportunos, en Madrid, a 28 de junio del 2021.

Miembros de la Comisión Gestora del Consejo General de  Colegios de Protésicos Dentales de España.